{"id":56924,"date":"2017-03-13T08:57:51","date_gmt":"2017-03-13T11:57:51","guid":{"rendered":"http:\/\/www.rieles.com\/front\/?p=56924"},"modified":"2017-03-13T12:00:28","modified_gmt":"2017-03-13T15:00:28","slug":"alistan-normas-para-regular-transporte-ferreo-en-colombia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.rieles.com\/front\/alistan-normas-para-regular-transporte-ferreo-en-colombia\/","title":{"rendered":"Alistan normas para regular transporte f\u00e9rreo en Colombia"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">La ANI public\u00f3 un borrador de un acto administrativo en el que establece las reglas de juego para nuevas empresas interesadas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con el fin de regular el transporte f\u00e9rreo en el pa\u00eds, la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) prepara un acto administrativo en el que se establecen las reglas de juego para las empresas que est\u00e9n interesadas en participar en este mercado y los concesionarios de las redes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">As\u00ed mismo, el Gobierno Nacional, a trav\u00e9s de esta norma, pretende incentivar la participaci\u00f3n en este modo de transporte y, a su vez, la multimodalidad. Portafolio conoci\u00f3 el borrador del documento con el que se espera impulsar el transporte ferroviario en Colombia y para ello, se definen las tarifas m\u00e1ximas que pueden cobrar los concesionarios de las respectivas redes f\u00e9rreas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Seg\u00fan la ANI, lo que se busca es \u201cdefinir la regulaci\u00f3n f\u00e9rrea, que incluye la actualizaci\u00f3n de la regulaci\u00f3n tarifaria que, a su vez, permita incentivar la reactivaci\u00f3n del modo f\u00e9rreo y generar condiciones de libre acceso a las empresas interesadas en este medio de transporte\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El acto administrativo en menci\u00f3n, que en el momento se encuentra publicado como borrador, expone las condiciones para que una empresa aspirante a ser tercer operador (EATO &#8211; interesada en prestar el servicio ferroviario de carga y\/o pasajeros sobre redes de carga o mixtas y en acceder a uno o m\u00e1s tramos o redes de infraestructura f\u00e9rrea en calidad de tercer operador de trenes) quede habilitada para prestar el servicio.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">De esta manera, para que una firma presente una solicitud y as\u00ed quedar habilitada en el mercado, el concesionario o administrador de la infraestructura que le interesa operar debe suministrarle informaci\u00f3n de las caracter\u00edsticas de la respectiva v\u00eda, de tal manera que pueda recopilar toda la informaci\u00f3n t\u00e9cnica y financiera.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Ministerio de Transporte ser\u00e1 la entidad encargada de definir el \u00e9xito de la habilitaci\u00f3n de una empresa en el transporte f\u00e9rreo y para ello tendr\u00e1 un plazo de 90 d\u00edas calendario, una vez haya recibido la documentaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cLa habilitaci\u00f3n es intransferible a cualquier t\u00edtulo. Los beneficiarios de la misma no podr\u00e1n celebrar o ejecutar acto alguno que permita que la actividad transportadora se desarrollo por persona diferente\u201d, dice el borrador del acto administrativo, y espec\u00edfica que \u201cninguna empresa podr\u00e1 entrar a prestar el servicio hasta tanto el Ministerio de Transporte le otorgue la habilitaci\u00f3n correspondiente\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">No obstante, la norma precisa que estas condiciones son para los nuevos jugadores que tenga el mercado, los que ya tengan su habilitaci\u00f3n no deben cumplir con dichos requisitos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Verificaci\u00f3n de veh\u00edculos<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Una vez una EATO cumpla con los requerimientos generales, financieros y t\u00e9cnicos, y obtenga la habilitaci\u00f3n por parte del Mintransporte, debe proceder a realizar una solicitud formal de acceso. Para ello ser\u00e1 necesario verificar el \u201cmaterial rodante\u201d que corresponde a \u201cveh\u00edculos tractivos y remolcados dise\u00f1ados y fabricados para circular sobre ferrocarriles incluyendo los veh\u00edculos ferroviarios habilitados para las tareas de supervisi\u00f3n, reconocimiento, construcci\u00f3n y mantenimiento de la v\u00eda y sus instalaciones fijas\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dicha solicitud formal de acceso deber\u00e1 ser presentada ante el concesionario del ferrocarril y la entidad concedente, en este caso la ANI, que es la entidad a cargo de las v\u00edas concesionadas del pa\u00eds.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Lo que se busca es garantizar que el material rodante de la empresa sea compatible con la infraestructura existente en los determinados corredores f\u00e9rreos, por lo que se hace una inspecci\u00f3n t\u00e9cnica y se expide un certificado de compatibilidad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Despu\u00e9s de contar con la certificaci\u00f3n compatibilidad se dar\u00eda inicio a una prueba de los veh\u00edculos por un periodo de 2 meses.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sin embargo, despu\u00e9s de esto no se garantiza que ya pueda operar en el corredor f\u00e9rreo de inter\u00e9s, pues la ANI debe expedir un permiso de operaci\u00f3n para el que se requiere haber cumplido con la habilitaci\u00f3n y licencia de operaci\u00f3n, el acta de aprobaci\u00f3n de compatibilidad exitosa y la expedici\u00f3n de p\u00f3lizas de seguros, entre otros aspectos.<br \/>\nRegulaci\u00f3n de tarifas<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Gobierno Nacional planea promover la competencia y los beneficios que esta arroja sobre los usuarios finales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En este sentido, uno de los art\u00edculos del acto administrativo se trata del r\u00e9gimen de libertad tarifaria con vigilancia en la red f\u00e9rrea nacional en el que \u201cse establece que los concesionarios ferroviarios, administradores y dem\u00e1s operadores tendr\u00e1n libertad en la fijaci\u00f3n de las tarifas que cobrar\u00e1n a los usuarios de los servicios de transporte f\u00e9rreo de carga y de pasajeros sobre redes de carga o mixtas\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">No obstante, establece un l\u00edmite m\u00e1ximo del canon por uso de la infraestructura en el servicio de carga, aunque esto aplicar\u00eda para todos los corredores f\u00e9rreos del pa\u00eds a excepci\u00f3n del tramo Chiriguan\u00e1 &#8211; Santa Marta.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por su parte, para el transporte de pasajeros por este medio, las tarifas seguir\u00e1n siendo las establecidas en la resoluci\u00f3n 184 de 2009.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">A la espera de inquietudes<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cLa publicaci\u00f3n del acto administrativo se realiza con el fin que todos los interesados, ya sean potenciales operadores, originadores y terceros que tengan inter\u00e9s en el modo f\u00e9rreo manifiesten sus inquietudes u observaciones al mismo, a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI)\u201d, asegur\u00f3 la entidad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Est\u00e1 abierta la fecha para atender las inquietudes de los interesados y as\u00ed expedirla oficialmente y que entre en vigencia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Cynthia Lewis<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p style=\"text-align: justify;\">Fuente y fotograf\u00eda:\u00a0<a href=\"http:\/\/www.portafolio.co\/economia\/infraestructura\/transporte-ferreo-en-colombia-ya-tiene-reglamentacion-504070\" target=\"_blank\"><span style=\"color: #ff0000;\">portafolio<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La ANI public\u00f3 un borrador de un acto administrativo en el que establece las reglas de juego para nuevas empresas interesadas. 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