viernes, abril 26, 2024
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España: FGV ampliará de 7 a 10 las horas de descanso entre los turnos de los maquinistas

La medida, que mejorará las condiciones laborales y la seguridad, se basa en estudios acreditados sobre el descanso y la atención.

El descanso mínimo de10 horas en maquinistas y otras categorías a turnos ya está implantado en otras empresas ferroviarias.

Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) ampliará el horario de descanso entre turnos para maquinistas y categorías laborales donde el margen entre pausa y actividad resulta esencial para la seguridad.

Actualmente el cambio de turno puede realizarse mediante descanso de 7 horas entre jornadas, pero la empresa pública se dispone a ampliar el periodo hasta las 10 horas, tal como aconsejan los estudios sobre el descanso y la atención.

El descanso mínimo de 10 horas entre jornadas también está recomendado por el Área de Seguridad en la Circulación, y es una medida respaldada por el Consejo de Administración de FGV.

Además de implementar la seguridad, la ampliación del periodo de descanso entre jornadas supone una mejora en las condiciones laborales de maquinistas y demás categorías asociadas a la jornada por turnos.

La empresa ha comunicado a los sindicatos su intención de iniciar los trámites para modificar las condiciones de trabajo lo antes posible. La negociación persigue que la medida no afecte a la flexibilidad y a la conciliación de la vida profesional y personal.

La normativa legal comparada sobre jornadas especiales de trabajo, que junto con el Estatuto de los Trabajadores, y otras recomendaciones de organismos nacionales y europeos, encomienda a las empresas ferroviarias no realizar cambios de jornada de trabajo con menos de 10 horas de margen.

Con esta medida FGV comparte la filosofía contenida en el anteproyecto de Ley de Seguridad Ferroviaria de la Comunidad Valenciana.

Este texto señala que el descanso entre jornadas se ajustará o cumplirá las prescripciones relativas al transporte ferroviario recogidas en la normativa vigente sobre jornadas especiales de trabajo, donde se establece que el descanso mínimo entre jornadas en la residencia de trabajo será de 10 horas.

FGV cuenta con un estudio elaborado por el Instituto de Investigación y Formación en Seguridad y Factores Humanos.

El mismo recoge información, evidencias técnicas y científicas acerca del tiempo necesario para asegurar un descanso suficiente y eficiente, que asegure las horas de sueño adecuadas para evitar el riesgo de somnolencia.

En este informe se recoge que todos los estudios e investigaciones de institutos del sueño con prestigio internacional, corroboran las mismas hipótesis: dormir menos de 5 horas puede mermar de forma importante las facultades psicológicas y fisiológicas al día siguiente, al menos en la mayoría de la población adulta entre 20 y 60 años.

La armonización de los tiempos mínimos de descanso entre los operadores ferroviarios, contribuirá a su vez a evitar la programación de la actividad de forma extensiva y será prescriptivo tener en cuenta esta norma, lo que a su vez contribuirá a la calidad del trabajo de todos los empleados.

Operadores de transporte ferroviario

La medida ya ha sido adoptada por el resto de empresas ferroviarias españolas, tal como demuestra la normativa comparada en parámetros de seguridad que señala que los tiempos de descanso en la mayoría de empresa se sitúa entre las 10 y 12 horas.

Así, Euskotren, Ferrocarrils de la Generalitat de Catalunya (FGC) y Metro Málaga, aplican descansos de 10 horas entre turnos. Renfe, Metro Bilbao, Metroligero Oeste (Madrid) y Transports Metropolitans de Barcelona (TMB), aplican descansos de 12 horas entre turnos.

Fuente y fotografía: eldiario

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